viernes, 23 de noviembre de 2012

TASAS JUDICIALES

Han sido aprobadas las tasas judiciales, sin embargo, de momento, no se van a pagar por no tener preparados, el Ministerio de Justicia, el modelo oficial para liquidarlas. No existe certeza, sin embargo, que cuando se tengan estos modelos no se vaya a reclamar la tasa con efectos retroactivos, a las demandas presentadas con posterioridad al 22 de noviembre, que es la fecha en que entraban en vigor.


Existe una posición unánime de rechazo por parte de todos los estamentos jurídicos, respecto a estas tasas (o copago judicial) que van a limitar, en la práctica, que muchas personas accedan a la Justicia, pues si bien es cierto que aquellas personas con ingresos mínimos, que tengan por tanto reconocido el derecho a la Justicia Gratuita, quedaran exentos, habrá un amplio sector de la población que, sin ser ni mucho menos ricos, van a tener que desembolsarlas, con el correspondiente aumento en el gasto que un procedimiento les va a suponer. En ocasiones, según lo que se esté reclamando, resultará ya de entrada antieconómico hacerlo. Puede acceder a la cuantía de las tasas y procedimientos en los que se aplica en el siguiente enlace.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/21/index.php?d=280&s=1

martes, 20 de noviembre de 2012

MEDIDAS URGENTES PARA REFORZAR LA PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS.


Se ha aprobado el RDL 27/2012, de 15 de noviembre, de MEDIDAS URGENTES PARA REFORZAR LA PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS, el cual  prevee la suspensión inmediata y, por un plazo de dos años, de los desahucios de las familias que se encuentren en una situación de especial riesgo de exclusión. Los colectivos que  que van a poder acogerse son: las familias numerosas, las monoparentales con dos hijos a cargo, las que tienen un menor de tres años o algún miembro discapacitado o dependiente, o en las que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones sociales o, finalmente, las víctimas de violencia de género. 

Hay que tener en cuenta, sin embargo, que sus ingresos no podrán superar el límite de tres veces el IPREM. Además, es necesario que, en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda.

martes, 6 de noviembre de 2012

VIOLENCIA DE GENERO

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ ha publicado los "Datos de denuncias, procedimientos penales y civiles registrados, órdenes de protección solicitadas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM) y sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales en esta materia en el segundo trimestre del año 2012".

En relación con los mismos datos correspondientes al primer trimestre de 2012, destaca un pequeño aumento (5,9 %) del número de denuncias, que pasan de 30.895 en el primero a 32.704 en el segundo, y se detecta también un incremento (13,4 %) en las renuncias (de 3.711 en el primer trimestre a 4.208 en el segundo). Este último dato negativo lo atribuye la presidenta del Observatorio "a la crisis y a la incertidumbre económica".

Igualmente, se evidencia un leve crecimiento (un 2,02 %) en el número de órdenes de protección solicitadas en relación con el segundo trimestre de 2011 (de 8.958 a 9.139). Sin embargo, se confirma una tendencia a la baja de las órdenes de protección adoptadas ya iniciada en el primer trimestre de 2011.

Por último, comparando los dos primeros trimestres de este año 2012, el Observatorio también destaca un pequeño aumento de las sentencias condenatorias (del 57,8 % pasa al 60,9 %).

Fuente: Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ