jueves, 20 de diciembre de 2012

TRASLADO DEL LUGAR DE RESIDENCIA DEL MENOR


La Sentencia de la Sala Primera, de lo Civil del Tribunal Supremo de fecha 26-10-2012 recuerda que la determinación del lugar de residencia de los menores es una cuestión de patria potestad  por lo que no puede atribuirse exclusivamente al progenitor titular de la custodia la facultad  de decidir el traslado del menor.
 
Las acciones y responsabilidades que derivan de la patria potestad corresponden a ambos progenitores, de forma que cualquiera de ellos puede participar en la toma de decisiones fundamentales como la relativa al traslado o desplazamiento de los menores en cuanto les aparta de su entorno habitual e incumple el derecho de relacionarse con el otro progenitor.
Por ello el TS determina que las sentencias que decidan una discrepancia de los padres sobre este tema deben ponderan la  necesidad y proporcionalidad de la medida, así como la fijación de un régimen de visitas justo, equitativo y razonable.

viernes, 23 de noviembre de 2012

TASAS JUDICIALES

Han sido aprobadas las tasas judiciales, sin embargo, de momento, no se van a pagar por no tener preparados, el Ministerio de Justicia, el modelo oficial para liquidarlas. No existe certeza, sin embargo, que cuando se tengan estos modelos no se vaya a reclamar la tasa con efectos retroactivos, a las demandas presentadas con posterioridad al 22 de noviembre, que es la fecha en que entraban en vigor.


Existe una posición unánime de rechazo por parte de todos los estamentos jurídicos, respecto a estas tasas (o copago judicial) que van a limitar, en la práctica, que muchas personas accedan a la Justicia, pues si bien es cierto que aquellas personas con ingresos mínimos, que tengan por tanto reconocido el derecho a la Justicia Gratuita, quedaran exentos, habrá un amplio sector de la población que, sin ser ni mucho menos ricos, van a tener que desembolsarlas, con el correspondiente aumento en el gasto que un procedimiento les va a suponer. En ocasiones, según lo que se esté reclamando, resultará ya de entrada antieconómico hacerlo. Puede acceder a la cuantía de las tasas y procedimientos en los que se aplica en el siguiente enlace.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/21/index.php?d=280&s=1

martes, 20 de noviembre de 2012

MEDIDAS URGENTES PARA REFORZAR LA PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS.


Se ha aprobado el RDL 27/2012, de 15 de noviembre, de MEDIDAS URGENTES PARA REFORZAR LA PROTECCION DE DEUDORES HIPOTECARIOS, el cual  prevee la suspensión inmediata y, por un plazo de dos años, de los desahucios de las familias que se encuentren en una situación de especial riesgo de exclusión. Los colectivos que  que van a poder acogerse son: las familias numerosas, las monoparentales con dos hijos a cargo, las que tienen un menor de tres años o algún miembro discapacitado o dependiente, o en las que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones sociales o, finalmente, las víctimas de violencia de género. 

Hay que tener en cuenta, sin embargo, que sus ingresos no podrán superar el límite de tres veces el IPREM. Además, es necesario que, en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda.

martes, 6 de noviembre de 2012

VIOLENCIA DE GENERO

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ ha publicado los "Datos de denuncias, procedimientos penales y civiles registrados, órdenes de protección solicitadas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM) y sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales en esta materia en el segundo trimestre del año 2012".

En relación con los mismos datos correspondientes al primer trimestre de 2012, destaca un pequeño aumento (5,9 %) del número de denuncias, que pasan de 30.895 en el primero a 32.704 en el segundo, y se detecta también un incremento (13,4 %) en las renuncias (de 3.711 en el primer trimestre a 4.208 en el segundo). Este último dato negativo lo atribuye la presidenta del Observatorio "a la crisis y a la incertidumbre económica".

Igualmente, se evidencia un leve crecimiento (un 2,02 %) en el número de órdenes de protección solicitadas en relación con el segundo trimestre de 2011 (de 8.958 a 9.139). Sin embargo, se confirma una tendencia a la baja de las órdenes de protección adoptadas ya iniciada en el primer trimestre de 2011.

Por último, comparando los dos primeros trimestres de este año 2012, el Observatorio también destaca un pequeño aumento de las sentencias condenatorias (del 57,8 % pasa al 60,9 %).

Fuente: Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ

jueves, 7 de junio de 2012

CAMBIO DE RESIDENCIA DE LOS MENORES A OTRA CIUDAD Y NECESARIA AUTORIZACION JUDICIAL


La Audiencia provincial de la Coruña ha autorizado el traslado de una madre y su hijo (del que tenia custodia) a otra localidad lejana a la que hasta entonces era  su residencia matrimonial. Considera  que la vinculación de la madre con la ciudad y la oferta de un mejor puesto de trabajo, unido a la falta de arraigo de los menores  por su corta edad, justifican no prohibirlo, sin perjuicio de que sea necesario ajustar el reparto de tiempos, a través del oportuno procedimiento de modificación de medidas. Además, entiende la Sala, no se puede condicionar esta autorización a que dicho cambio tenga que ser ineludible, forzoso u obligado.
Finalmente, añade que la decisión sobre la residencia habitual de los hijos menores forma parte del contenido de la patria potestad, lo cual no impide reconocer un plus al progenitor que tenga otorgada su guarda y custodia. (AP A Coruña, Sec. 4.ª, 9-3-2012)

miércoles, 6 de junio de 2012

LA CONVIVENCIA DE LA MARE AMB UN TERCER A L'HABITATGE NO EXTINGEIX L'ATRIBUCIO DE L'US DE L'HABITATGE FAMILIAR


La Audiència provincial de Barcelona desestima el recurs presentat per un pare que en un procediment de mesures de divorci no se li havia reconegut la seva sol·licitud d’extinció de l’atribució de l’ús de l’habitatge familiar al fill i la mare custodia per estar convivint aquesta amb un tercer. (AP Barcelona, Sec. 18a, 14-2-2012)

L'Audiència considera que no hi ha hagut una alteració substancial de les circumstàncies que justifiqui modificar aquesta mesura, atès que l'atribució de l'ús de l'habitatge es va realitzar directament a favor del fill menor i, només, de forma derivada al progenitor custodi, de conformitat amb l'art. 83 del Codi de família, encara aplicable a aquest supòsit. Senyala, a més a més, que, encara que la convivència marital hagi quedat acreditada, la dissolució del matrimoni impedeix  a l'exmarit interferir en la vida sentimental de qui va ser la seva esposa.

miércoles, 22 de febrero de 2012

CONCLUSIONES DEL SEMINARIO DE JUECES DE INCAPACIDADES

Fuente: Consejo General del Poder Judicial

En el Seminario de Jueces de Incapacidades, celebrado en Madrid los días 7 y 8 de abril de 2011, se abordaron varias e interesantes cuestiones, entre las que podríamos destacar:

PROPUESTAS PARA EL LEGISLADOR
-Necesidad de agilización procesal de las declaraciones de incapacidad y de sus posibles revisiones.
Reconocimiento de legitimación procesal a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que se ocupan de las personas con discapacidad para plantear también la demanda de incapacidad .

INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD, a través de campañas, sobre las ventajas de las voluntades anticipadas y de los apoderamientos para la previsión futura de algún sistema de apoyo o asistencia.

ÁMBITO PROCESAL
- Necesidad de que las demandas de incapacidad determinen adecuadamente no solo la concreta patología que la fundamenta, sino también el motivo de oportunidad que la justifique en la práctica.
- Conveniencia de que el criterio asumido por el Supremo respecto a la competencia territorial -residencia del tutelado- sea interpretado con cierta flexibilidad para evitar situaciones de absoluta desconexión entre el ejercicio de la tutela y el Juzgado que haya de supervisarlo.

CUESTIONES CONTROVERTIDAS

- Compatibilidad entre la regulación de la incapacitación en la legislación española y la Convención de Nueva York de 13 de diciembre de 2006.- Necesidad de dotar o no de abogado de oficio al demandado presunto incapaz.- Aplicabilidad del art. 763 LEC a los internamientos de carácter socio-sanitario de ancianos con deterioro cognitivo

viernes, 10 de febrero de 2012

VIOLENCIA DE GENERO

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial, ha publicado los datos correspondientes al tercer trimestre de 2011. Al respecto destacar el aumento en un 3,1 % de las denuncias formuladas por violencia de género en relación con el trimestre anterior, lo que supone una media de 385 denuncias diarias, presentadas por las propias víctimas (71,36 %), como consecuencia de la intervención policial directa (14,4 %), derivadas del parte de lesiones (11,57 %), fruto de la actuación de los servicios asistenciales (1,61 %) o presentadas directamente por la familia de la víctima (1,06 %). Es de subrayar también qu e de las denuncias presentadas por las propias víctimas, el 35 % fueron interpuestas por mujeres extranjeras, renunciado el 42 % de ellas a la continuación del procedimiento judicial.En este tercer trimestre se solicitaron 9.481 órdenes de protección, adoptándose medidas penales y/o civiles en el 65,3 % de los casos.

lunes, 6 de febrero de 2012

DIVORCIO: USO DEL DOMICILIO FAMILIAR Y CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS

La Audiencia Provincial de Tarragona en su sentencia de 25-9-2011 asigna el uso del domicilio familiar a los padres por meses alternos, atribuyendo a ambos la custodia compartida de sus hijos (que serán los que residirán de forma permanente en la casa familiar). Los gastos de la vivienda que sean individualizables serán abonados por el progenitor que hay permanecido en el domicilio y los que no sean individualizables o de periodo superior al mes, se satisfarán por mitades