martes, 11 de marzo de 2014

VIOLENCIA DE GENERO Y REDES SOCIALES

En los casos de violencia de género en los cuales haya sido dictada una orden de protección para la víctima, hay que tener en cuenta que la prohibición de comunicación alcanza también al ámbito de las redes sociales. En este sentido los tribunales han considerado, por ejemplo, que la creación de  varias cuentas en Twitter para comunicarse con la denunciante quebrantaba  la orden de protección

miércoles, 5 de marzo de 2014

CUSTODIA COMPARTIDA: PERIODOS DE CONVIVENCIA

El Tribunal Supremo se ha pronunciado repetidamente que en los  casos de custodia compartida, la mala relación entre los cónyuges no tiene que ser  impedimento por sí sola, para que este tipo de custodia deba desestimarse, sino que para que sea relevante debe afectar a los menores. En los casos en que ha fijado  dicha custodia compartida y ha tenido que establecer la forma concreta de ejercerla ha optado por periodos de convivencia semanales para ambos progenitores.