martes, 11 de marzo de 2014

VIOLENCIA DE GENERO Y REDES SOCIALES

En los casos de violencia de género en los cuales haya sido dictada una orden de protección para la víctima, hay que tener en cuenta que la prohibición de comunicación alcanza también al ámbito de las redes sociales. En este sentido los tribunales han considerado, por ejemplo, que la creación de  varias cuentas en Twitter para comunicarse con la denunciante quebrantaba  la orden de protección

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