jueves, 7 de junio de 2012

CAMBIO DE RESIDENCIA DE LOS MENORES A OTRA CIUDAD Y NECESARIA AUTORIZACION JUDICIAL


La Audiencia provincial de la Coruña ha autorizado el traslado de una madre y su hijo (del que tenia custodia) a otra localidad lejana a la que hasta entonces era  su residencia matrimonial. Considera  que la vinculación de la madre con la ciudad y la oferta de un mejor puesto de trabajo, unido a la falta de arraigo de los menores  por su corta edad, justifican no prohibirlo, sin perjuicio de que sea necesario ajustar el reparto de tiempos, a través del oportuno procedimiento de modificación de medidas. Además, entiende la Sala, no se puede condicionar esta autorización a que dicho cambio tenga que ser ineludible, forzoso u obligado.
Finalmente, añade que la decisión sobre la residencia habitual de los hijos menores forma parte del contenido de la patria potestad, lo cual no impide reconocer un plus al progenitor que tenga otorgada su guarda y custodia. (AP A Coruña, Sec. 4.ª, 9-3-2012)

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